Sistemas fijos de lucha contra incendios — Componentes para sistemas de terminación mediante agentes gaseosos — Parte 6: Requisitos y métodos de Preparación para los dispositivos de desactivación no eléctricos.
También se entenderá cumplido este requisito si se realizan las operaciones que se indican en el «Programa de Mantenimiento Trimestral» de la norma UNE 23120.
En sistemas que utilizan agua, probar que las válvulas, cuyo pestillo podría impedir que el agua llegase a los rociadores o pudiera perjudicar el correcto funcionamiento de una alarma o dispositivo de indicación, se encuentran completamente abiertas.
2. Si la equivalencia con los requisitos es solo parcial, la empresa instaladora o mantenedora deberá ampliar el seguro o fianza equivalente hasta completar las condiciones exigidas.
g) Empresa mantenedora: entidad que, cumpliendo las condiciones establecidas en este Reglamento, realiza las operaciones de mantenimiento de los equipos y/o sistemas de protección activa contra incendios.
2. Se exceptúan de lo dispuesto en el apartado precedente las instalaciones de protección activa contra incendios de los establecimientos destinados a:
Se hace necesario, en consecuencia, establecer las condiciones que deben reunir los equipos y sistemas que conforman las instalaciones de protección contra incendios para lograr que su funcionamiento, en caso de incendio, sea eficaz. En este sentido, el Reglamento de seguridad industrial que, de acuerdo con lo establecido en la Calidad 21/1992, de 16 de julio, de Industria, se aprueba por este Positivo decreto se estructura en dos partes: la primera comprende el Reglamento de empresa de sst instalaciones de protección contra incendios y la segunda, constituida por tres anexos, contiene las disposiciones técnicas.
D&T Proyectos Sistemas contra incendio 18 Septiembre, 2024 Un sistema admisiblemente diseñado no solo detecta y combate el fuego, sino que todavía protege vidas y minimiza los daños materiales.
Asimismo, quedan excluidas aquellas partes de las instalaciones de protección contra incendios de las instalaciones Servicio nucleares que, por su relación con el riesgo nuclear y/o radiológico, se encuentren sometidas a los requisitos específicos de vigilancia y mantenimiento establecidos en el documento «Especificaciones Servicio Técnicas de Funcionamiento», «Manual de Requisitos de Operación» o documento equivalente, que se recogen en sus correspondientes Permisos de Explotación, Servicio o en otros documentos que pudieran derivarse de éste y cuya vigilancia de cumplimiento corresponde al Consejo de Seguridad Nuclear.
Tabla I. Software de mantenimiento trimestral y semestral de los sistemas de protección activa contra incendios
c) Que dispone de los medios materiales necesarios para la instalación de dichos sistemas empresa de sst en condiciones de seguridad y de la documentación que Figuraí lo acredita,
Mantenimiento y pruebas periódicas: Planificar un programa de mantenimiento con pruebas regulares para afirmar el correcto funcionamiento del sistema.
1. Estarán sujetos a las disposiciones de este Reglamento tanto las empresas instaladoras como las empresas mantenedoras de instalaciones de protección contra incendios.
Las empresas instaladoras y mantenedoras que ejercían su actividad de conformidad con las condiciones y requisitos exigidos por el Vivo Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, y la Orden del Empleo de Industria y Energía de 16 de abril de 1998 dispondrán de un plazo máximo de un año a partir de la entrada en vigor del presente Reglamento para su ajuste a lo dispuesto en el presente Reglamento.